Declaración trimestral de Autónomos: Lo esencial que deberías saber

La Declaración Trimestral de Autónomos en España es un trámite obligatorio para todos los trabajadores por cuenta propia (autónomos), en el que se declaran los ingresos y gastos del trimestre a Hacienda. Con esta declaración, el autónomo informa sobre el IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) y el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) de sus actividades.

Cosas importantes que debes saber:

  1. Periodicidad: Se presenta cada tres meses, en abril, julio, octubre y enero, informando sobre los ingresos y gastos del trimestre anterior.
  2. Modelos que debes presentar:
    • Modelo 303 para declarar el IVA (si tu actividad está sujeta a este impuesto).
    • Modelo 130 para el IRPF si no tienes una retención en facturas superior al 70%. Si superas el 70% en retenciones, no necesitas presentarlo.
  3. Retenciones: Es importante llevar un registro de facturas emitidas y recibidas, además de calcular correctamente el IVA que debes pagar o compensar.
  4. Plazos: Las fechas de presentación son del día 1 al 20 de los meses de abril, julio, octubre y enero.
  5. Deducciones: Puedes deducir gastos relacionados directamente con tu actividad profesional, siempre que estén debidamente justificados.

¿Cómo la haces?

Para hacer la declaración trimestral, puedes hacerlo directamente a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. Necesitarás tener un certificado digital o el sistema Cl@ve para acceder. El proceso consiste en rellenar los modelos correspondientes (303 para el IVA y 130 para el IRPF) con la información de tus ingresos, gastos y retenciones del trimestre.

Además de lo básico, hay algunos aspectos clave que deberías tener en cuenta para gestionar correctamente tus Declaraciones Trimestrales como autónomo:

1. Tipos de IVA.

  • El tipo general es el 21%, pero en algunos sectores se aplican tipos reducidos: 10% para actividades como hostelería y transporte, y 4% para productos de primera necesidad.
  • No todas las actividades están sujetas a IVA (como la formación), así que es importante conocer si aplicas este impuesto o no.

2. Gastos deducibles.

Puedes deducir gastos siempre que estén relacionados con tu actividad. Algunos ejemplos:

  • Material de oficina.
  • Transporte y kilometraje (si tienes vehículo propio afecto a la actividad, aunque esto tiene limitaciones).
  • Suministros (agua, luz, internet) si trabajas desde casa. Solo se puede deducir un porcentaje proporcional del uso dedicado a la actividad profesional.
  • Teléfono móvil.
  • Alquiler de local, coworking o espacio de trabajo.
  • Formación relacionada con tu actividad.

Es importante conservar siempre las facturas y justificantes de los gastos, ya que Hacienda podría solicitarlos en caso de revisión.

3. Pagos a cuenta del IRPF (Modelo 130).

En el Modelo 130, tributas sobre los beneficios (ingresos menos gastos) a un tipo fijo del 20%. Si durante el trimestre has tenido más gastos que ingresos, el resultado será negativo y podrás compensarlo con las siguientes declaraciones trimestrales.

4. IVA soportado y repercutido (Modelo 303).

En este modelo, declaras el IVA que has cobrado en tus facturas (IVA repercutido) y el que has pagado a otros proveedores (IVA soportado). La diferencia es el IVA a ingresar o a devolver. Si has pagado más IVA del que has cobrado, tendrás derecho a devolución o a compensarlo en trimestres futuros.

5. Obligaciones adicionales según tu actividad.

  • Modelo 111: Si tienes empleados o trabajas con otros profesionales a los que haces retenciones en factura, debes presentar este modelo para informar de las retenciones practicadas.
  • Modelo 115: Si pagas alquileres por locales comerciales, este modelo es para declarar las retenciones practicadas en los pagos de alquiler.

6. Recargos y sanciones

Si presentas la declaración fuera de plazo o cometes errores, Hacienda te aplicará recargos:

  • Recargo por presentación fuera de plazo: entre el 1% y el 20% dependiendo del retraso.
  • Intereses de demora si te retrasas en los pagos.
  • Sanciones: Si Hacienda detecta errores o falta de documentación, puede imponerte sanciones económicas que varían según la gravedad de la infracción.

7. Sistema de estimación directa o simplificada

  • Si tienes un volumen de ingresos bajo, puedes tributar por estimación directa simplificada. Esto afecta al IRPF (Modelo 130), en el que solo declaras el 5% de tus gastos como deducibles sin necesidad de desglosarlos.
  • Si facturas menos de 30.000 euros anuales en IVA y realizas actividades de determinados sectores, podrías estar en estimación objetiva (módulos), lo que simplifica la declaración, aunque este régimen está en desuso.

8. Herramientas para facilitar las declaraciones

  • Software de contabilidad: Utilizar herramientas digitales para llevar el control de tus facturas y gastos te ayuda a evitar errores y presentar la declaración más fácilmente.
  • Si te resulta complicado gestionar la parte fiscal, es recomendable contar con la ayuda de un gestor o asesor fiscal que se encargue de presentar los modelos por ti.

 

Algunas preguntas típicas:

1. ¿Qué modelos tengo que presentar cada trimestre como autónomo?

  • Generalmente, debes presentar el Modelo 303 (IVA) y el Modelo 130 (IRPF). Si tu actividad está exenta de IVA, solo presentarás el Modelo 130, a menos que tengas retenciones superiores al 70%, en cuyo caso no tendrás que presentarlo.

2. ¿Cuáles son las fechas límite para presentar la declaración trimestral?

  • Tienes hasta el día 20 de los meses de abril, julio, octubre y enero para presentar la declaración. Si el día 20 cae en fin de semana o festivo, el plazo se extiende hasta el siguiente día hábil.

3. ¿Qué ocurre si no presento la declaración a tiempo?

  • Se aplicará un recargo por extemporaneidad, que va del 1% al 20% dependiendo del retraso. Además, podrían sumarse intereses de demora y, en algunos casos, sanciones adicionales si Hacienda detecta errores o falta de documentación.

4. ¿Puedo deducir los gastos personales como autónomo?

  • Solo los gastos relacionados directamente con tu actividad son deducibles. Ejemplos: material de oficina, suministros si trabajas desde casa (en parte), alquiler de local, teléfono, etc. No se pueden deducir gastos personales.

5. ¿Qué diferencia hay entre el IVA soportado y el IVA repercutido?

  • El IVA soportado es el que pagas a tus proveedores en tus gastos, y el IVA repercutido es el que cobras a tus clientes en tus facturas. La diferencia entre ambos es lo que declaras en el Modelo 303 (a pagar o a devolver).

6. ¿Qué ocurre si en un trimestre tengo más gastos que ingresos?

  • Si los gastos superan los ingresos, tendrás derecho a compensar las pérdidas en los siguientes trimestres en el IRPF (Modelo 130) o bien a solicitar una devolución de IVA en el Modelo 303.

7. ¿Qué tipo de IVA debo aplicar a mis facturas?

  • En la mayoría de los casos, el IVA general es del 21%, pero existen sectores que aplican tipos reducidos del 10% (hostelería, transporte) o del 4% (productos básicos). También hay actividades exentas de IVA, como la educación o servicios sanitarios.

8. ¿Es obligatorio llevar un libro de cuentas?

  • Sí, como autónomo estás obligado a llevar un libro de ingresos y gastos, que te ayudará a justificar los datos que declaras en los modelos trimestrales. Además, Hacienda puede solicitarte esta información en una inspección.

9. ¿Qué pasa si no tengo ningún ingreso o gasto en un trimestre?

  • Incluso si no has tenido actividad en un trimestre, debes presentar igualmente la declaración (a cero). No presentarla, aunque no haya movimiento, puede acarrear sanciones.

10. ¿Qué tipo de gastos puedo deducir si trabajo desde casa?

  • Puedes deducir un porcentaje de los suministros de tu hogar (luz, agua, gas, internet) si trabajas desde casa, siempre y cuando hayas declarado ante Hacienda que tu vivienda está parcialmente afectada a tu actividad profesional. El porcentaje suele ser proporcional a la parte del espacio y tiempo dedicados al trabajo.

11. ¿Debo presentar los dos modelos? ¿El 101 y el 303?

  • Si eres autónomo, generalmente solo debes presentar el modelo 303 para la declaración trimestral del IVA. El modelo 101 no aplica en tu caso, ya que este es un modelo destinado a entidades específicas que deben realizar pagos fraccionados del Impuesto sobre la Renta de No Residentes.
  • El modelo 303 es el que se usa para autoliquidar el IVA, en el que detallas el IVA repercutido en tus facturas de venta y el IVA soportado en tus gastos deducibles. A través de este modelo, calculas la cantidad de IVA que debes ingresar a Hacienda o, en su caso, solicitar su devolución si te sale a favor.

12. ¿Qué hay que hacer para conseguir el DNI digital?

  • Para obtener el DNI electrónico (DNIe) en España, sigue estos pasos clave: 1. Pedir cita previa. Debes pedir una cita previa en cualquier oficina de expedición del DNI, ya sea por teléfono o a través de la web oficial de la Policía Nacional. 2. Documentación necesaria: Lleva tu DNI anterior (si lo tienes) o, si es tu primer DNI, el certificado literal de nacimiento y el certificado de empadronamiento. Si lo estás renovando, lleva también una foto reciente en color. 3. Pago de la tasa. La expedición del DNIe tiene un coste que deberás abonar en la oficina. El precio suele estar entre los 12 y 15 euros, aunque hay excepciones por renovación gratuita (por ejemplo, familia numerosa). 4. Captura de huellas y datos: Una vez allí, te tomarán las huellas dactilares y actualizarán tu foto. Este paso es necesario porque el chip del DNI electrónico almacena esos datos para garantizar la seguridad. 5. Activación de certificados digitales: Cuando te entreguen el DNIe, te darán un PIN que te permitirá utilizar los certificados electrónicos integrados en el chip para realizar trámites en línea (firmas digitales, identificación en sitios web oficiales, etc.). Asegúrate de activar los certificados en la misma oficina o a través de la web habilitada.
  • Te recomendaría que consideres lo siguiente para tener todo bajo control con el DNI electrónico: 1. Actualización de certificados: Los certificados electrónicos del DNIe tienen una validez de 30 meses, así que asegúrate de renovarlos antes de que caduquen para no quedarte sin acceso a los servicios digitales. 2. Usar un lector de DNIe: Para utilizar tu DNIe desde casa, necesitarás un lector de tarjetas compatible. Asegúrate de que tu ordenador también tenga instalados los drivers necesarios, disponibles en la página oficial del DNI electrónico. 3. Seguridad: No compartas tu PIN con nadie y recuerda que cualquier trámite realizado con tu DNIe tiene la misma validez legal que si lo hicieras de forma presencial.

Y eso es todo. Con tu DNIe activo, podrás realizar muchos trámites online de forma segura, como presentar la declaración de la renta, consultar multas, o firmar documentos electrónicamente.

En resumen:

Lo esencial que cubre el 80% de lo que necesitas saber:

  1. Presentar los modelos correctos: Modelo 303 para declarar el IVA y Modelo 130 para el IRPF, si tu actividad está sujeta.
  2. Fechas clave: Del 1 al 20 de abril, julio, octubre y enero. Marca esto en tu calendario.
  3. Deducciones y gastos: Deduce solo los gastos relacionados con tu actividad (suministros, material, alquiler). Guarda siempre las facturas.
  4. IVA soportado y repercutido: La diferencia entre el IVA que pagas (soportado) y el IVA que cobras (repercutido) se declara cada trimestre.
  5. Cuidado con las sanciones: Si no presentas en plazo o cometes errores, Hacienda aplicará recargos y multas.

Si tienes más gastos que ingresos, puedes compensarlo en trimestres siguientes. Consulta con tu gestor de confianza o software si prefieres delegar el papeleo.

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